El abogado constitucionalista Rúben Correa Freitas sostuvo que las sentencias a prisión suspenden las ciudadanías de quienes resultan condenados independientemente de cómo cumplan las penas. La consulta de Subrayado al catedrático fue por el caso del intendente de Artigas, Pablo Caram, y de su sobrina y suplente, la exdiputada Valentina Dos Santos; ambos condenados por la Justicia.
Caso Caram: constitucionalista asegura que una condena a prisión automáticamente suspende la ciudadanía 69416e
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Rúben Correa Freitas sostiene que es una disposición incluida en el artículo 80 de la Constitución. "No tiene nada que ver la forma como se cumple esa condena", afirmó el catedrático. 53w49
Correa Freitas indicó que de acuerdo al ordinal cuarto del artículo 80 de la Constitución si hay una sentencia de condena, hay una suspensión de la ciudadanía. Aseguró que no hay una orden de la Justicia a la Corte Electoral, sino que la inhabilitación es un proceso automático, ya que se trata de una disposición constitucional.
Para el catedrático, la Justicia le comunicó a las autoridades electorales su resolución de condena contra Caram y Dos Santos a penas de prisión, y que la Corte Electoral de oficio los tiene que incluir en el registro de inhabilitados para votar.
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Correa Freitas entiende que eso se tiene que dar independientemente que la condena sea cumplida con prisión efectiva o en régimen de libertad a prueba, como en el caso de Caram y Dos Santos. “A mi juicio no tiene nada que ver, porque la Constitución lo que dice es que tiene que haber sentencia de condena a prisión o a penitenciaría. No tiene nada que ver la forma como se cumple esa condena”, enfatizó.
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