El abogado y constitucionalista Martín Risso sostiene que el intendente de Artigas Pablo Caram no puede continuar en el cargo tras haber sido condenado con una pena de prisión.
Constitucionalista Martín Risso sostiene que Pablo Caram no puede seguir como intendente de Artigas
El constitucionalista Martín Risso señala que al ser condenado con prisión, Pablo Caram tiene suspendida la ciudadanía, condición fundamental para ejercer un cargo público como intendente.
Consultado por Subrayado, Risso dijo que no leyó la sentencia judicial pero que de acuerdo a lo que informaron los medios de comunicación, la pena de prisión con libertad a prueba estaría firme.
Sobre esta base, señala que “el artículo 267 de la Constitución dice que pase ser intendente se requieren los mismos requisitos que para ser senador, y el artículo 98 dice que para ser senador se requiere ciudadanía en ejercicio”, y agregó: “el artículo 80 de la Constitución dice que la ciudadanía se suspende, entre otros casos, por ser condenado a prisión por sentencia firme, o sea, los condenados están suspendidos en el ejercicio de la ciudadanía y no pueden ocupar, entre otros cargos, el de intendente. Esto es, hasta que cumplen la condena”.
Risso aseguró además que “esto es una consecuencia automática de la sentencia del juez y no se precisa ningún pronunciamiento de la Corte Electoral”.
Por último, Risso recordó que “los representantes (Diputados) para ser tales también requieren ciudadanía en ejercicio (artículo 90 de la Constitución)”. “Alguien podría sostener que la prohibición es para ser representante, pero no para ser candidato; si fuera así podría ser candidato y luego de cumplida la condena asumir la banca. Es un formalismo que puede sostenerse, pero es discutible”, agregó.
Pablo Caram fue imputado y condenado por el delito de omisión de los funcionarios a denunciar actos con apariencia delictiva. Esto en el caso de las horas extras irregulares pagadas en la Intendencia de Artigas.
Por este caso también fue condenado Rodolfo Caram, jerarca de la Intendencia de Artigas y primo del intendente. En este caso se le imputó un delito de fraude en calidad de coautor.
A su vez, la esposa de Rodolfo Caram fue imputada y condenada por el mismo delito de fraude, pero como autora.
Dejá tu comentario