En mayo de 2009 Ricardo de la Fuente fue procesado con prisión por el crimen de Laura Karina Busquet, con quien mantenía una relación. El asesinato de la joven que tenía 17 años había ocurrido en agosto de 2008. El homicidio fue a golpes y en ese momento un médico forense dijo que según los estudios, las heridas que tenía coincidían con la forma de los anillos de su pareja. En julio de 2019 la Justicia dictó la sentencia absolutoria. j6s6f
Estuvo siete años en la cárcel y fue absuelto, ahora demanda al Estado por 85 millones de pesos 1h674f
Fue procesado en 2009 por el homicidio de Laura Busquet. El crimen nunca se resolvió. "Estamos diciendo ahora que no hay culpable", dijo el abogado del hombre. 4g2w4u
Ahora el hombre demanda al Estado por 85 millones de pesos por haber estado privado de su libertad durante 7 años en régimen de prisión preventiva. En 2016 obtuvo la libertad por gracia, con una visita anual de cárceles.
“Queda en la historia negra del Poder Judicial que un homicidio demore 12 años en dilucidar y establecer a ver quién es el culpable y quién es el inocente. Estamos diciendo ahora que no hay culpable”, remarcó Santiago Alonso, abogado de Ricardo De la Fuente en Subrayado Tarde.
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Alonso indicó que había un “cúmulo de indicios que a entender de la Fiscalía cumplía con la semiplena prueba para solicitar un procesamiento y como se preveía también que la pena a recaer sería de penitenciaría, fue que solicitó que fuera con prisión”.
En la última etapa del proceso la Fiscalía fundamentó en la pericia forense su solicitud de condena de una pena de 12 años por el delito de homicidio. La defensa solicitó que la causa se abriera, el expediente ingresó en una junta médica del Instituto Técnico Forense en Montevideo, que estableció que “no había una correspondencia perfecta entre las marcas del cuerpo y los pinchos del anillo en los cuales se había fundamentado la Fiscalía”.
La Fiscalía anunció en su momento que apelaría a la absolución, pero lo hizo fuera de fecha. Lo recurrió, pasó por el Tribunal de Apelaciones y en 2020 quedó firme la sentencia absolutoria.
Ahora, “lo que se ha iniciado es acción de reparación patrimonial, por daños y perjuicios, derivados de la prisión indebida. En el 90% de lo que es el Derecho la responsabilidad es subjetiva, en estos casos de prisión indebida la responsabilidad es objetiva. Por lo tanto no se discute sobre si está bien absuelto o mal, lo que se discute más que nada son los rubros y las cifras”, explicó.
De la Fuente tenía un local comercial, trabajaba en una cadena de hoteles y “perdió absolutamente todo”, enfatizó el abogado y se refirió al desgaste de todo el proceso en el que pasó por un polígrafo, pericia semiológica, suero de la verdad.
Y cuestionó al Estado: “Cada vez que recibe una demanda, tiene la estrategia de desconocer absolutamente todo. Entonces paga exclusivamente si hay un juez que lo condena. No llega a acuerdos”, dijo y agregó: “Se juega como una especie de estrategia de desgaste, de ir hasta las últimas consecuencias”.
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