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DISCRIMINATORIA Y ANACRÓNICA

MSP derogó disposición que inhabilitaba a "hombres que hayan tenido relaciones con otro hombre" a donar sangre

Salud Pública consideró que el Reglamento de Medicina Transfusional, aprobado en 1999, contenía disposiciones "discriminatorias o anacrónicas".

El Ministerio de Salud Pública (MSP) modificó la disposición que establecía “conducta de riesgo” la de “los hombres que hayan tenido relaciones sexuales con otro hombre” y los inhabilitaba de forma permanente como donantes de sangre.

El MSP consideró que “resulta necesaria” la “adaptación a la época actual” del Reglamento de Medicina Transfusional, aprobado el 23 de marzo de 1999, “siendo procedente la derogación de disposiciones que pueden resultar discriminatorias o anacrónicas”.

El decreto establece la creación de una Comisión Honoraria, integrada por un representante del MSP, un especialista de enfermedades infecciosas y un especialista de laboratorio, para actualizar el Reglamento de Medicina Transfusional.

Además, podrán integrar la comisión un representante de la Cátedra de Hemoterapia de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, el Servicio Nacional de Sangre de ASSE, y un representante de la Escuela Universitaria de Tecnología Médica.

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