El Poder Ejecutivo resolvió exonerar a OSE del cumplimiento de las obligaciones que le impone la normativa en relación a las compras directas.
Poder Ejecutivo aprobó decreto que facilita compras directas de OSE por la emergencia hídrica
El artículo 11 del Decreto 90 del 3 de marzo de 2000 establece que las compras por excepción en todos los casos deberán contar con la certificación previa del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), so pena de nulidad. Las solicitudes deberán ser presentadas hasta 3 días hábiles anteriores a la fecha de la adquisición, con la justificación del gasto, constancia de disponibilidad de crédito y un mínimo de dos cotizaciones, entre otros requisitos.
La exoneración a OSE resuelta en Consejo de Ministros abarca las “contrataciones necesarias que demanden las obras, servicios y compra de insumos a efectos de contribuir a la solución de la emergencia hídrica ”.
Para el gobierno, resulta “imprescindible efectuar determinadas contrataciones en forma urgente para mitigar la situación planteada, para lo que deberá recurrirse a la contratación directa”.
El decreto dispone que OSE deberá remitir al MEF solo información que dé cuenta de los precios y las condiciones de mercado de las obras, bienes o servicios objeto de la contratación.
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