El juez Alejandro Recarey hizo circular entre magistrados allegados, para que llegue a la prensa, un escrito en el que pretende hacer algunas “aclaraciones” sobre el fallo que emitió el jueves y que suspende la vacunación contra el Covid-19 en niños menores de 13 años. 4y125g
Recarey divulgó "aclaraciones" sobre su fallo: "No hay atentado a la libertad de vacunación" 506i33
El juez Recarey sostiene que "solo suspende con carácter provisional y temporario" la vacuna Covid para niños. 233k6i
Subrayado confirmó por varios medios la veracidad de este documento escrito y divulgado por Recarey (aunque no tiene firma ni membrete oficial), y que se reproduce completo al final de esta nota.
El magistrado escribe en el punto 1 de su “aclaración” que “la sentencia señala que ningún gobierno puede firmar contratos secretos, en el desconocimiento de la opinión pública, atinentes a puntos que puedan implicar riesgos a los derechos humanos de la población”.
Proyecto de ley para salvar la Caja de Profesionales pasó al Senado sin acuerdo sobre el financiamiento 445t71
En el punto 2, Recarey dice que su sentencia “no prohíbe el desarrollo de la campaña de vacunacción a menores. Solo la suspende con carácter provisional y temporario”.
Además, señala que aún cuando la vacuna no es obligatoria “debe informarse todo acto médico”. “Vale decir, para el caso, que se divulgue la composición de las sustancias que se inoculan y sus riesgos y efectos adversos ya comprobados a nivel nacional e internacional”.
También agrega que el gobierno debe aclarar que “los preparados tienen solamente autorización provisoria de emergencia. No definitiva. Explicándosele a quien se inyecta las diferencias pertinentes”.
Recarey asegura que “la sentencia, terminantemente, no se involucra en discutir aspectos científicos tales como la eficacia o la seguridad de las vacunas, ni la necesidad o conveniencia de la vacunación a menores”.
En otro punto de este escrito de “aclaración”, Recarey dice que su sentencia “mandata al Estado a hacer estudios propios, independientes, sobre la calidad de los medicamentos que se importan. No correspondiendo que para ello se esté, simplemente, a las manifestaciones del fabricante”.
Recarey insiste en que su fallo “no incursiona en tema científico alguno” y que “toda apreciación en sentido médico, tiende a evitar que se considere estrictamente el plano jurídico”.
El juez dice que “debe quedar en claro que no hay atentado alguno a la libertad de vacunación”.
“El hecho de que esta sea optativa para los representantes legales de los menores, no libera al Estado de confeccionar el debido consentimiento informado”. “Obligatoria o no, optativa o no, el gobierno debe siempre y en cualquier caso presentar toda la información a la persona interesada, extremo que hasta ahora no se estaba cumpliendo”, agrega.
“Por último – escribe Recarey – se aclara que el fallo prevé que ni bien el gobierno cumpla los niveles de transparencia que se le imponen, deberá reanudarse inmediatamente la vacunación”.
Dejá tu comentario 704o4j