Informa el diario El País que el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° Turno ratificó el miércoles 18 el procesamiento de ocho trabajadores de Friopan por presuntos delitos de daños durante la ocupación de la planta en 2019.
Tribunal de Apelaciones ratifica procesamiento de ocho ocupantes de Friopan
Apelaciones rechazó la postura de los abogados de los imputados, Luis Antonio Brambillasca y Alberto Sánchez Peña. Según ellos, los daños de la ocupación debían ser analizados por la Justicia Civil y no Penal.
En el nuevo fallo, se da la razón al juez y fiscal de primera instancia sobre el "resultado dañoso buscado" por los trabajadores
La Fiscalía, dice el documento, tuvo indicios claros como para pedir la formalización de los ocho ocupantes. El fallo de Huberto Álvarez señala que existió un presunto delito de daño realizado por una conducta negligente en el mantenimiento y cuidado que requería la maquinaria cuando se realizó la ocupación.
La medida sindical comenzó el 24 de mayo de 2019 y generó a Friopan pérdidas por más $ 9 millones en mercaderías y procesos de producción. El 28 de mayo se levantó la ocupación.
La misma comenzó a raíz de por una supuesta reestructura y adquisición de nuevas maquinarias que provocarían eventuales despidos.
Pedido por daños
Al mes siguiente de la ocupación, los representantes de la firma, asesorados por los abogados Andrés Ojeda y Fernando Posada, presentaron una denuncia penal por los daños, pérdidas y faltantes durante la ocupación.
El 1 de diciembre de 2020, la fiscal Silvia Pérez dispuso el archivo de la denuncia.
Ojeda y Posada pidieron el 1 de febrero de 2021 el reexamen del caso al juez Álvarez. El magistrado hizo lugar a la solicitud. El asunto pasó a estudio del fiscal Negro. El 23 de abril de 2021, Negro solicitó la formalización de los trabajadores por un delito de daño agravado.
“Sobre el final del turno de la noche -escribió el fiscal- siendo aproximadamente las 6:00 AM, los dirigentes sindicales ordenaron parar las actividades, omitiendo (los trabajadores movilizados) tomar los necesarios y por ellos conocidos recaudos para la preservación de cuantiosa mercadería, que en dichas condiciones se sabía se inutilizarían o descompondrían”.
El fallo del Tribunal de Apelaciones narra el estado de la planta al finalizar la ocupación. “Al ingreso de los dueños de Friopan, las mercaderías que se habían abandonado sin las condiciones de conservación adecuadas, se encontraban ya en irreversibles procesos de putrefacción que se tradujo en importantes pérdidas económicas para el denunciante”, dice la sentencia.
Y se agrega que las dos fiscalías que actuaron en el caso coincidieron en que, durante la ocupación, no existió apropiación indebida, amenazas o violencia privada por parte de los ocupantes.
En tanto, la defensa de trabajadores movilizados afirmó que los daños empresariales “no fueron debidamente acreditados” y estos son “inherentes” a una huelga.
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