El abogado Juan Raúl Williman, del Consultorio Jurídico de la Universidad de la República ( Udelar), consideró que el pedido de la defensa del senador Gustavo Penadés, sobre no considerar como prueba la declaración anticipada de los denunciantes, no tendrá lugar, porque más allá de lo establecido en los códigos, hay un marco normativo intuitivo que está orientado a protegerlos. 68202k
Para abogado de Udelar, no tendrá lugar pedido de defensa de Penadés sobre declaraciones anticipadas m5fb
Juan Raúl Williman considera que están dadas las condiciones para que los denunciantes declaren en forma previa y anticipada al juicio con reserva de identidad. 5q1i5p
“Hay más declaraciones, pero víctimas nueve y patrocinadas por el Consultorio, seis”, indicó Williman. “La regla es que las pruebas se diligencian en juicio oral, pero hay una excepción a la regla que es la declaración anticipada de víctimas especialmente vulnerables”, afirmó el abogado y en esa categoría incluyó a menores de edad, víctimas de delitos sexuales y personas con discapacidad.
Williman indicó que el artículo 164 del Código del Proceso Penal establece que se declare en forma previa y anticipada al juicio, y “con determinadas características que son propias del sistema actual que cuida a la víctima en el sentido de evitar la victimización secundaria”. La declaración se hace en una sala adyacente, en presencia de un acompañante emocional, con un pliego de preguntas que se debate en forma previa, indicó.
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En algunos casos, incluso con su identidad reservada de quienes declaran. El abogado sostuvo que la decisión la adopta el juez de garantías y la comunica a las defensas, que tienen el derecho a oponerse. “Hay un marco normativo de protección intuitivo que hoy tenemos, por suerte, y que antes no que seguramente permita que esta declaración se lleve adelante en las mejores condiciones”, acotó.
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