CASO DE FLORIDA

Tribunal de Apelaciones revocó fallo y juez imputado por abuso de adolescente de 17 años irá a prisión 5ah2m

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El dictamen de segunda instancia revocó la disposición de la jueza de Florida que había dictado arresto domiciliario y colocación de tobillera electrónica. 3t7058

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º turno revocó la sentencia de primera instancia que dispuso el arresto domiciliario para el juez Alejandro Leiva, imputado por abuso sexual a un adolescente de 17 años, ocurrido en 2021.

El dictamen de los ministros Luis Charles, Ángel Cal y Gabriela Merialdo, revocó el fallo de la jueza de primera instancia de Florida, Sofía Mañes, que el 19 de diciembre de 2023 no hizo lugar al pedido del fiscal Hermes Antúnez, de prisión preventiva y en su defecto dispuso arresto domiciliario total con colocación de tobillera electrónica.

Ahora, Apelaciones determinó que Leiva cumpla la medida cautelar de prisión preventiva por el plazo de 150 días, hasta el 19 de mayo de 2024.

El 17 de julio de 2023, la Justicia había desestimado la acusación fiscal contra quien se desempeñaba como juez letrado suplente por un delito de abuso sexual especialmente agravado, agravado además por ser la víctima un menor de edad, y lo absolvió.

La Fiscalía apeló y el 14 de diciembre de 2023 se revocó la sentencia y Alejandro Martín Leiva González fue condenado a seis años de cárcel por un delito de abuso sexual especialmente agravado. Como sanción económica se dispuso la obligación de otorgarle a la víctima doce ingresos mensuales del condenado. Además de la pérdida de la patria potestad o guarda y la inhabilitación por diez años para el ejercicio de funciones públicas o privadas que involucren a menores de edad, y su inclusión en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.

Tras la condena, la Fiscalía solicitó una audiencia para que se le imponga al imputado la medida cautelar de prisión preventiva, pero la jueza Mañes no hizo lugar al pedido fiscal y dispuso la fijación de domicilio, arresto domiciliario total con uso de dispositivo de monitoreo electrónico, solo con autorización para concurrir al médico, la prohibición de salir del país y de comunicación, relacionamiento y acercamiento a la víctima a 500 metros. Todo por 180 días.

El fiscal de la causa apeló nuevamente, argumentando el peligro de fuga del imputado. El expediente volvió al Tribunal de Apelaciones que resolvió la medida cautelar de prisión preventiva.

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